Contar con un entorno de trabajo seguro y respetuoso es fundamental para una empresa sana. Es indudable que el acoso laboral, en cualquiera de sus formas, incide de forma muy negativa no solo sobre las personas acosadas, sino también sobre la propia compañía: problemas de salud mental, absentismo o disminución del rendimiento son solo algunas de las consecuencias derivadas del acoso en el trabajo. La empresa debe velar por el bienestar de sus trabajadores/as, por lo que desarrollar un protocolo de prevención de acoso laboral es imprescindible.
Qué es un protocolo de prevención de acoso laboral
Se trata de un plan que recoge las medidas necesarias para prevenir y erradicar las situaciones de acoso laboral en el lugar de trabajo, ya sea acoso moral, físico, sexual o por razón de sexo. Del mismo modo, debe estipular el procedimiento que debe seguirse en caso de vivir o presenciar una situación de acoso.
El objetivo del plan es proteger la integridad física y psicológica de todas las personas trabajadoras, un derecho básico contemplado en el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores. Además, no contar con el protocolo puede suponer incurrir en varias infracciones recogidas en los artículos 7 y 8 de la Ley de Infracciones y sanciones en el orden social, con sanciones que van desde 751 a 225.018 euros.
Qué debe incluir
El protocolo debe incluirse dentro del plan de igualdad de la empresa, si lo tiene, y cumplir con lo estipulado en la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad (artículos 45 y 48). La negociación del contenido se llevará a cabo mediante la comisión negociadora del plan de igualdad o, en ausencia de este, mediante la representación legal o sindical de los trabajadores/as. En general, el protocolo debe incluir lo siguiente:
1. Comisión instructora
Es necesario designar una comisión o persona instructora responsable de implantar el protocolo, recibir las denuncias por acoso e iniciar el procedimiento correspondiente.
2. Ámbito de aplicación
El protocolo debe proteger a toda la plantilla, independientemente del puesto, tipo de contrato o categoría laboral. Asimismo, estará vigente en todos los espacios del lugar de trabajo, incluyendo áreas de descanso y aseo, viajes y desplazamientos, eventos sociales o actividades formativas.
3. Normativa y medidas preventivas
Dentro de las medidas preventivas se incluye la declaración de principios y la definición de conductas constitutivas de acoso, además de las medidas de formación y sensibilización para la plantilla. La normativa, por su parte, debe recoger los mecanismos de denuncia disponibles, el procedimiento de investigación interno y las medidas cautelares o correctivas correspondientes. Como referencia, se puede tomar el protocolo de actuación frente al acoso en la administración pública aprobado en el Real Decreto 247/2024.
4. Canal de denuncia
Es fundamental establecer un canal de denuncia interno, de fácil acceso y totalmente confidencial. La comisión instructora será quien gestione este canal y active el protocolo.
5. Divulgación entre la plantilla
Toda la plantilla debe recibir el protocolo, tanto en formato físico como digital, además de estar continuamente disponible en la intranet o en la web corporativa de la empresa.
El módulo de gestión documental de Grupo SPEC, incluido en netTime One, te permitirá divulgar el protocolo de prevención de acoso laboral en tu empresa. Además, netTime One integra el software de canal de denuncias Whistleblower. Si necesitas más información, no dudes en contactar con nuestro servicio de atención al cliente.