La Justicia europea se pronuncia y obliga al registro de jornada

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirma la necesidad de un sistema de registro de jornada como única manera fiable de contabilizar las horas trabajadas. La medida refrenda así al Real Decreto-ley español

El registro de jornada de los empleados ha llegado a Europa. Si el pasado 13 de mayo comenzaba la aplicación del Real Decreto-ley español sobre la obligatoriedad del registro de la jornada laboral, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado ahora que “los Estados miembro deben imponer a los empresarios la obligación de implantar un sistema objetivo, fiable y accesible que permita computar la jornada laboral diaria realizada por cada trabajador”.

Hoy en Grupo SPEC te mostramos la sentencia emitida por la Justicia europea sobre el caso Deutsche Bank, que crea jurisprudencia.

Sistema que permita computar el registro de jornada

El fallo de la corte europea se produce a raíz de un enfrentamiento entre Comisiones Obreras y la entidad bancaria Deutsche Bank. El sindicato denunció la necesidad de un sistema de registro de jornada para comprobar los horarios pactados y la obligación de comunicar las horas extraordinarias realizadas a los representantes sindicales. Deutsche Bank se negó acogiéndose a una sentencia del Tribunal Supremo de 2017 que eludía la obligación general de realizar dicho registro, como ya te mostramos en nuestro post sobre la obligatoriedad de llevar un control de las horas de trabajo, antes de la modificación de la reforma laboral de 2012.

Así las cosas, la Audiencia Nacional elevó el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que acaba de fallar que “sin un sistema que permita computar la jornada laboral diaria realizada por cada trabajador, no es posible determinar de manera objetiva y fiable el número de horas de trabajo efectivas ni su distribución en el tiempo, como tampoco el número de horas extraordinarias, lo que dificulta en extremo, cuando no imposibilita en la práctica, que los trabajadores logren hacer respetar sus derechos”.

Aplicación del Real Decreto-ley

La sentencia viene a refrendar así al Real Decreto-ley 8/2019 del Gobierno español, cuya aplicación comenzó el pasado 13 de mayo, tras dos meses de plazo para la adaptación de los sistemas que permitan el registro de la jornada.

Además, el Ministerio de Trabajo también ha publicado recientemente una guía sobre el registro de jornada en la que aclara diferentes cuestiones, como por ejemplo que las empresas también están obligadas a llevar el cómputo de las horas trabajadas de personal “móvil” o de trabajadores a distancia.

Herramientas efectivas para el registro de jornada

Aunque la norma no establece una modalidad específica y predeterminada, en Grupo SPEC contamos con herramientas muy efectivas para el registro de la jornada. Los softwares netTime 5 y SPECManager 4 son soluciones de control horario adaptables a cualquier tipo de empresas, y además, gracias a novedosos sistemas como la App Outside Works tus empleados podrán fichar desde cualquier lugar con el único requisito de contar con un dispositivo móvil.

Recuerda que el incumplimiento por parte de la empresa del registro de jornada, será considerada una infracción grave, con sanciones que pueden acarrear multas de hasta 6.250 euros. Así que si necesitas más información sobre nuestros sistemas de control horario, contacta con nosotros, en Grupo SPEC, ¡contamos con soluciones a la medida de tus necesidades!