Este año celebramos el Día del Trabajador de forma diferente, no veremos las tradicionales manifestaciones reivindicativas y muchos trabajadores se encuentran en una situación extraña, ya sea trabajando en casa, con medidas excepcionales o bajo una presión añadida.
En Grupo SPEC queremos celebrar el Día del Trabajador resumiendo las novedades legislativas en materia laboral que se han producido en lo que llevamos de 2020. Los proyectos del nuevo gobierno se han visto paralizados y casi todas las nuevas leyes o decretos leyes están enfocados a preservar la salud de los trabajadores y minimizar el impacto económico del estado de alarma.
Revalorización de las pensiones y subida del SMI
Antes del estado de alarma, el gobierno tuvo tiempo, en enero y febrero, de aprobar dos decretos leyes por los que se revalorizan las pensiones y las prestaciones públicas que abona la Seguridad Social un 0,9 por ciento y se establece el salario mínimo interprofesional en 950 euros mensuales.
Limitación de la libertad de circulación de las personas
El 14 de marzo se aprobó el real decreto 463/2020 declarando el estado de alarma y, por lo tanto, limitando la libertad de circulación de personas en todo el territorio nacional. Una de las excepciones aplica a aquellas personas que deban desplazarse por motivos profesionales, por lo que las empresas deben entregar a sus trabajadores documentación que acredite la necesidad del desplazamiento.
Medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19
El real decreto ley 8/2020 del 17 de marzo, establece tres medidas extraordinarias para frenar el impacto económico y social del COVID-19 y el estado de alarma:
- Prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos, que podrá solicitarse hasta el último día del mes siguiente al que finalice el estado de alarma.
- Medidas de apoyo a los trabajadores dando preferencia al trabajo a distancia y permitiendo la adaptación del horario, cambio de turno o la reducción de jornada para conciliar vida laboral y familiar.
- Facilidades para la aplicación de ERTES por parte de las empresas.
Prohibición de despidos objetivos e interrupción del cómputo de los contratos temporales
Según el decreto ley del 27 de marzo, las empresas no podrán realizar despidos objetivos mientras dure el estado de alarma. Además, los contratos temporales paralizarán su cómputo mientras dure el estado de alarma, permitiendo de este modo, que tengan la duración máxima acordada.
Ayudas económicas para las empresas
Toda la nueva legislación laboral relacionada con el estado de alarma y los efectos del COVID-19, ha derivado en una serie de medidas y ayudas económicas para las empresas afectadas:
- Reducción de la cotización para trabajadores agrarios por cuenta ajena que se encuentren en situación de inactividad.
- Suspensión de la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Moratoria en las cotizaciones y deudas con la Seguridad Social para empresas y autónomos.
En Grupo SPEC nos solidarizamos con todos aquellos afectados de una forma u otra por el COVID-19 y nos ponemos a vuestra disposición para facilitaros más información sobre las novedades legislativas. Ponte en contacto con nosotros y te daremos una respuesta lo antes posible.